Veamos: Con la reforma que van a pactar los partidos y sindicatos nos suben la edad de jubilación a los 67 años. Para cobrar la máxima cotización habrá que trabajar 40 años, y no 35 como ahora. Y además, se promediará la base cotizada para determinar la pensión.
El mismo consenso es el que alcanzó entre todos los partidos en el 2006 para aprobar el reglamento de las PENSIONES DE DIPUTADOS Y SENADORES que para cobrar la máxima sólo tendrán que haber cotizado 11 años y el 80 % en sólo 7 años. O sea, que nuestros políticos con cotizar a cuenta de su cargo público por un período 4 veces inferior al de los ciudadanos de a pié, cobran la pensión máxima. Ningún partido se ha opuesto, Máximo consenso.
El reglamento de las pensiones de los diputados fue aprobado el 11 de julio de 2006 y publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de 14 de julio. (Os adjunto el enlace porque es tal la cara dura que parece increíble
( http://www.congreso.es/public_oficiales/L8/CORT/BOCG/A/CG_A278.PDF ).
Literalmente dice el artículo 3 del Reglamento:
Artículo 3. 1. La cuantía de la pensión parlamentaria será la diferencia entre la cuantía de la pensión o pensiones percibidas, en su caso, de otros sistemas distintos al presente y la que resulte de aplicar a la cifra anualmente establecida como límite máximo de percepción de pensiones públicas los porcentajes establecidos en el apartado 4 de este artículo.
4. Los porcentajes a que se refiere el apartado 1 son los siguientes:
a) De siete a nueve años de mandato, el 80 porciento.
b) Por más de nueve años y hasta once años de mandato, el 90 por ciento.
c) Por más de once años de mandato, el 100 por ciento.
Creo que después de leer el reglamento de pensiones de nuestra clase política tendremos un poco más claro el porqué del desprecio general que provocan nuestras señorías. Si a ello unimos las ruinas provocadas por el endeudamiento general, el endeudamiento autonómico y local, el asalto a las cajas de ahorro que han dejado técnicamente quebradas, y una gestión política totalmente lesiva y perjudicial para los intereses generales del estado y de los ciudadanos, habrá que pensar que hacemos con este sistema político que permite tener a esta nomenclatura gobernante que se ha constituido en casta y que está empobreciendo a la nación a pasos agigantados. Hay que pararles los pies. Ya!
Literalmente dice el artículo 3 del Reglamento:
Artículo 3. 1. La cuantía de la pensión parlamentaria será la diferencia entre la cuantía de la pensión o pensiones percibidas, en su caso, de otros sistemas distintos al presente y la que resulte de aplicar a la cifra anualmente establecida como límite máximo de percepción de pensiones públicas los porcentajes establecidos en el apartado 4 de este artículo.
4. Los porcentajes a que se refiere el apartado 1 son los siguientes:
a) De siete a nueve años de mandato, el 80 porciento.
b) Por más de nueve años y hasta once años de mandato, el 90 por ciento.
c) Por más de once años de mandato, el 100 por ciento.
Creo que después de leer el reglamento de pensiones de nuestra clase política tendremos un poco más claro el porqué del desprecio general que provocan nuestras señorías. Si a ello unimos las ruinas provocadas por el endeudamiento general, el endeudamiento autonómico y local, el asalto a las cajas de ahorro que han dejado técnicamente quebradas, y una gestión política totalmente lesiva y perjudicial para los intereses generales del estado y de los ciudadanos, habrá que pensar que hacemos con este sistema político que permite tener a esta nomenclatura gobernante que se ha constituido en casta y que está empobreciendo a la nación a pasos agigantados. Hay que pararles los pies. Ya!
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